LA ACTUALIDAD LEGAL EMPRESARIAL EN FRANCIA – Nº 2

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DERECHO CIVIL, MERCANTIL, DE SOCIEDADES, DE PROPIEDAD INTELECTUAL

. Mercantil. Un subcontratista industrial puede requerir responsabilidad contra el adjudicador de obras aunque el contrato principal no se refiera a obras de construcción o públicas

Habiendo sido declarado en concurso de acreedores el contratista de obras sobre varios barcos transatlánticos, los dos subcontratistas de este último, tras haber declarado sus créditos al organismo concursal, demandaron directamente el pago de dichos créditos al adjudicador de obras. Las obligaciones del contratista con los subcontratistas señaladas por la ley del 31/12/1975 son aplicables no solo a las contratas de obras de construcción o de obras públicas, sino también a las contratas industriales…

. Mercantil. Divulgar una información, aún exacta, que sea susceptible de desacreditar un competidor, constituye un acto de competencia desleal por denigración

Una sociedad francesa comunicó a los distribuidores en Francia de los productos de una Firma italiana competidores de los suyos propios que algunos de esos productos no eran conformes a las normas comunitarias….

. Mercantil. Un agente no puede representar a un competidor de su mandante sin el previo acuerdo de este último, aún cuando el cliente del mandante esté ubicado fuera del área geográfica de exclusiva del agente

Una sociedad había rescindido por falta grave el contrato de agencia con otra entidad, por vender esta última productos competidores de los del mandante a un cliente de éste ubicado fuera del radio geográfico de su exclusiva. El agente demandó al mandante indemnizaciones en concepto de preaviso y de cese unilateral del contrato …

. Mercantil. La fianza puede estar limitada a las rentas del fiador

Un particular, fiador solidario de una sociedad en garantía de un préstamo bancario, fue emplazado judicialmente en su calidad de garante por el banco prestamista al pago de dicho préstamo no reembolsado. El particular alegó la nulidad de su compromiso de fianza, por no ser totalmente conforme la redacción de su mención manuscrita en el documento de garantía a lo dispuesto por el art. L 341-2 del Código de consumo. Este artículo señala que la mención manuscrita que debe hacer constar el fiador en el documento de garantía debe incluir, además de las rentas, también los bienes …

. Mercantil.  El rompimiento brutal, sin preaviso, de una relación comercial tiene siempre carácter delictivo

Un comisionista de transporte había encomendado a un transportista durante 15 años la entrega de productos frescos, en virtud de un contrato de transporte establecido según el modelo anexo al decreto del 26/12/2003 que rige, según sus artículos 1° y 3°,  las relaciones entre un transportista subcontratista y un operador de transporte definido como un comisionista de transporte o un transportista principal. Entre diciembre 2005 y junio 2006, el comisionista cesó sus relaciones comerciales con el transportista, sin preaviso alguno.

En noviembre 2007, el liquidador amigable del transportista demandó, por ese motivo, daños y perjuicios al comisionista …

. Mercantil. En un procedimiento concursal, la exención de comprobación del activo no impide una acción para requerir responsabilidad por insuficiencia de dicho activo

Una sociedad había incurrido en procedimiento concursal, concluyendo el mismo en liquidación judicial. El interventor judicial, aplicando el art. L 641-4 del Código de comercio, eximió al liquidador de comprobar la cuantía del pasivo quirografario, al ser puesto de manifiesto que el producto de la venta de los activos quedaría totalmente enjugado por las costas judiciales y el pasivo privilegiado.

El liquidador demandó entonces al gerente de la sociedad, requiriendo su responsabilidad por activo insuficiente en base al art. L 651-2 del Código de comercio…


DERECHO TRIBUTARIO

. Una sociedad deficitaria puede deducir las retenciones en origen practicadas sobre cánones percibidos en el extranjero, siempre y cuando no lo prohíba un convenio para evitar la doble imposición

Si ello no está descartado por el convenio fiscal vigente con un Estado extranjero, la retención en origen practicada sobre el canon percibido en ese Estado origina para la sociedad beneficiaria una bonificación imputable sobre su I.S. (Impuesto de Sociedades), con objeto de evitar así la doble imposición.

Ahora bien, con arreglo a la vigente legislación francesa, la imputación de esa bonificación no puede ser diferida a otro ejercicio en caso de resultado deficitario no dando lugar a I.S., por lo que la sociedad ni puede compensar su imposición en el extranjero ni puede obtener su reembolso del fisco francés. Sin embargo …

. Posibilidad de imputar sobre la Contribución adicional de 3 % al I.S. (Impuesto de Sociedades), la bonificación fiscal generada por una retención en origen sobre rentas en el extranjero: doctrina administrativa.

La Contribución adicional, contrariamente a las demás contribuciones complementarias del I.S., no es igual a una fracción de dicho impuesto ni grava la base imponible al mismo sino que grava las rentas distribuidas. En virtud del art. 235 ter ZCA, II del CGI (Código General de Impuestos), «Las bonificaciones fiscales de toda índole ….. no son imputables sobre la contribución«. Por consiguiente, las bonificaciones fiscales generadas por retenciones en origen sobre rentas percibidas en países con los cuales hay un convenio fiscal no pueden imputarse sobre la contribución adicional.

No obstante …

. El excedente de retención en origen no imputable sobre el Impuesto sobre la Renta adeudado por un no residente, debe ser devuelto

Un no residente había solicitado la devolución de la parte de las retenciones, practicadas sobre sus rentas francesas a tenor del art. 182 B del CGI (Código General de Impuestos), que excedía el importe del Impuesto sobre la Renta adeudado por él. Como la Administración tributaria denegó su solicitud …

. Un crédito fiscal generado por la compensación de pérdidas en modo «carry back» posteriormente al inicio de un procedimiento concursal es reembolsable inmediatamente

Cuando las empresas son objeto de un procedimiento concursal, el art. 220 quinquies, I del CGI señala que pueden solicitar el reembolso inmediato del crédito fiscal en «carry back» no utilizado a partir de la fecha del auto judicial que ha iniciado dicho procedimiento concursal. Pero, según la doctrina administrativa (BOI-IS-DEF-20-20, n° 140 y 150) solo los créditos fiscales generados antes del inicio del procedimiento concursal pueden ser reembolsados anticipadamente …

. Una holding mixta puede deducir el IVA gravando los gastos asumidos por ella en relación con tomas de participaciones realizadas por filiales suyas, siempre y cuando acredite que ella sola prestará servicios imponibles a las entidades participadas por dichas filiales

Una sociedad holding mixta, con actividad industrial y comercial a la vez que prestadora de servicios a las filiales de su grupo, había encargado estudios a un banco de negocios y a un despacho de auditoría en el marco de un proyecto de compra de varias sociedades propiedad de un competidor. La compra había sido llevada a cabo no por la holding misma sino por una de sus filiales, sociedad exclusivamente patrimonial.

A raíz de una inspección de la holding, la Administración tributaria había anulado la deducción del IVA soportado sobre los gastos de los estudios antes mencionados, por considerar que la holding no se había beneficiado directamente de dichos estudios ya que no había sido ella quien había realizado las adquisiciones de participaciones para las cuales los susodichos estudios habían sido efectuados …

. Las modalidades de la prefinanciación de la bonificación fiscal «competitividad-empleo» son suavizadas para los grupos integrados fiscalmente.

La Administración tributaria acaba de proceder a varios ajustes de su doctrina referente a la utilización de la bonificación fiscal «para la competitividad y el empleo» (bonificación CICE) establecida por el art; 244 quater C del CGI (Código General de Impuestos). Entre otros ajustes, ha suavizado las modalidades de prefinanciación de dicha bonificación para aquellos grupos integrados fiscalmente. … 

 

DERECHO LABORAL


. Recalificación en contrato indefinido de un contrato de duración determinada y abono retroactivo de salarios


Una asalariada había trabajado durante 4 años en la Administración de Correos, en base a 46 contratos de duración determinada (CDD), siendo contratada al cabo de ese tiempo con contrato indefinido (CDI). La asalariada demandó a Correos ante el Tribunal laboral, requiriendo la recalificación del primer CDD en contrato indefinido así como el abono de salarios con carácter retroactivo correspondiente al reajuste de la antigüedad desde el primer contrato CDD, el abono de una indemnización de vacaciones pagadas correspondiente a los salarios liquidados con carácter retroactivo, y el abono de daños y perjuicios por haberla mantenido en una situación precaria …

. No constituye una falta grave del asalariado con contrato laboral de duración determinada, su negativa en aceptar modificaciones de sus condiciones de trabajo.

Una asalariada había sido empleada con contrato de duración determinada del 16/12/2005 al 16/12/2007, puntualizando el contrato que el puesto de trabajo estaba ubicado en la sede del empleador en la ciudad de Marsella. El 21/05/2007, este último rompió el contrato laboral anticipadamente alegando como motivo falta grave de la asalariada, al haberse negado ésta a desempeñar sus funciones en la nueva sede de su empleador situada a 15 km. de Marsella  pero comunicada por los transportes públicos urbanos.

La asalariada demandó daños y perjuicios por rompimiento, abusivo en el fondo e irregular en la forma, de su contrato …

. Los contratos de duración determinada concertados sucesivamente con un mismo asalariado para el mismo puesto de trabajo y con la misma duración son constitutivos de un único contrato indefinido

Una sociedad de espectáculos había empleado cada mes, durante 17 años y para un número de días casi siempre idéntico, un jefe de control por turno con otros jedes de control para una misión técnica independiente del contenido de las emisiones producidas por dicha sociedad. Aunque las emisiones habían ido variando en el tiempo por su contenido, duración y frecuencia, la actividad de producción de la sociedad seguía siendo permanente al igual que la actividad del asalariado.

En el litigio entre la sociedad y el jefe de control derivado del despido de este último …

. El impago de la indemnización adeuda por el empleador por cláusula prohibiendo hacer competencia no exime al asalariado del cumplimiento de dicha cláusula

Un asalariado contratado como ingeniero comercial y en cuyo contrato figuraba una cláusula prohibiéndole hacer competencia, en este caso no trabajar como ingeniero comercial para una empresa de la competencia durante 1 año, dimitió el 07/09/2009 y su empleador le recordó su obligación de no hacer competencia el 17/09. El 02/11/2009, fue contratado como director para Francia por una sociedad competidora directa de la que acaba de dejar.

Su anterior empleador suspendió entonces el pago de la indemnización pactada en razón al incumplimiento de sus obligaciones y emplazó al asalariado ante el Tribunal laboral en demanda de daños y perjuicios por vulneración de la cláusula prohibiendo hacer competencia …

NOUVELLES BRÈVES D’ESPAGNE / BREVES NOTICIAS DE FRANCIA (16/12/2013)

ESPAGNE

  • La fibre optique accélère son essor dans les foyers: le nombre de connexions Internet à large bande a dépassé, pour la 1ère fois en octobre, les 12 millions de lignes, soit une augmentation de 5,8 % sur l’année précédente. Sur les 106.838 abonnements nouveaux, 32% correspondent à des lignes de fibres optiques vers les foyers, en progression de 88,7% par rapport à 2012. La relance du développement des lignes téléphoniques fixes s’est poursuivie pour le 2ème mois consécutif chez les particuliers, alors que les connexions des entreprises diminuent légèrement. Les téléphones portables ont perdu des lignes (- 3,1% qu’en 2012), en raison de la baisse des lignes prépayées et des datacards.
  • Le risque de déflation semble écarté: en novembre, l’IPC (Indice des Prix à la Consommation) a augmenté de 0,3% sur 1 an, alors qu’il avait reculé en octobre de -0,1% sur la même période. Dans cet accroissement, les prix des transports interviennent pour + 0,3% à cause d’une moindre diminution des prix des carburants, cependant que ceux du secteur des communications ralentissent leur décrue, se situant à – 6,5% en raison du maintien des prix du téléphone. Tabac, lait, pommes de terre et huile sont les produits alimentaires dont les prix ont le plus augmenté en un an, alors que la viande de mouton et les légumes frais ont connu les plus fortes baisses.
  • Bruxelles accorde une rallonge budgétaire pour améliorer les infrastructures ferroviaires à grande vitesse sur les 7 prochains exercices: son montant est de 3 milliards € et, quoique non réservée exclusivement à l’Espagne, la Commission Européenne a déclaré espérer que cette dernière en serait le principal utilisateur pour améliorer les connexions ferroviaires à grande vitesse entre l’Espagne et la France. Cette mesure intervient alors qu’est inaugurée la première liaison ferroviaire à grande vitesse entre Barcelone et Paris. La Commission a manifesté l’espoir que, d’ici 2020, une liaison analogue sera opérationnelle sur la partie occidentale de la frontière franco-espagnole, entre Irún et Hendaye.
  • La Bourse espagnole sera, avec l’italienne, celle qui augmentera le plus son bénéfice en 2014: selon les experts boursiers, après un recul depuis 2007 de 47,6%, le bénéfice de l’IBEX 35 poursuivra sa reprise engagée cette année et, de 28 milliards € prévus pour le présent exercice, passera à 35 milliards € en 2014, soit une progression de 26,5%. Toutefois, l’IBEX 35 restera cher en termes de Per (multiple du bénéfice intégré dans le prix de chaque action), à 14,3, soit plus que le Per moyen des 5 dernières années et de la dernière décade. Cette forte progression prévue est due principalement aux banques dont la restructuration améliore la valeur des titres. De bonnes perspectives sont également escomptées pour IAG (la holding d’Iberia) et Acerinox.
  • L’Espagne jugée «plus intéressante» pour investir par les entreprises françaises, que beaucoup d’Etats d’Europe de l’Est et d’Afrique du Nord: commente l’Ambassadeur de France à Madrid. Selon lui, en dépit de la crise, l’Ambassade n’a pas constaté de retraits massifs d’investisseurs français, même dans les secteurs les plus affectés comme celui de la construction. Bien plus, certaines entreprises françaises, notamment dans le secteur automobile, ont engagé des processus de délocalisation depuis la France vers l’Espagne, où elles trouvent une main-d’œuvre à meilleur coût. Actuellement en Espagne, 1.800 entreprises françaises y sont implantées, ayant créé 650.000 emplois. La France occupe le 8ème rang des investisseurs étrangers.

FRANCIA

  • La industria representa un porcentaje del PIB superior en 30% al existente en Francia: según Alain Minc, presidente de Sanef, concesionaria de autopistas y filial francesa de Abertis. El sector del automóvil produce más coches que el francés. Y la relación coste de trabajo-productividad ha progresado espectacularmente , superando al de Francia en un 15% desde 2008. Todo lo cual explica el auge de las ventas españolas en el mercado francés, así como el desarrollo de las inversiones en ese país, ocupando España el séptimo puesto entre los inversores extranjeros en 2012 con 33 proyectos.
  • Acuerdo de principio entre los sindicatos patronales y de asalariados sobre la formación profesional: se instituirá una cuenta formación para cada asalariado en la que le abonarán anualmente 20 horas de derecho a formación a partir de los 16 años, hasta un tope de 150 horas. Podrá disponer de esos derechos, incluso en periodo de paro o si cambia de empleo. Más allá de 150 horas, se le podrán reconocer derechos suplementarios. La contribución obligatoria empresarial a la financiación de la formación será del 1% de los salarios.
  • El poder adquisitivo de Francia se sitúa entre los de Alemania y Finlandia: por habitante, asciende a 19.565 € después de impuestos, 1,5 vez superior al poder adquisitivo medio europeo (8.622 €). Entre 42 países europeos analizados, se sitúa en 9a posición, detrás de países como Liechtenstein (58.844 €), Suiza (36.351 €) y Luxemburgo (28.185 €). Dentro de Francia, la región de Ile de France, en torno a la capital, concentra 25% de la población y 22 % de la renta nacional disponible. El poder adquisitivo de un habitante de esa región (23.334 €) es superior en 20% al del ciudadano francés en conjunto.
  • La disminución del consumo de cerveza afecta a los bares y restaurantes: el retroceso era de 3% a fines de septiembre y, en los cafés, hoteles y restaurantes, ha alcanzado hasta 8%. Esa evolución, iniciada en enero de esta año, se debe al aumento de los impuestos sobre esa bebida, los cuales han encarecido los precios de 14% desde enero al tiempo que la producción ha disminuido en un 10%. Francia ocupa el puesto 26 en el consumo de cerveza en Europa, con 30 litros de promedio por habitante y por año. Siendo la cerveza junto con el café el producto donde los cafés y restaurantes realizan su myor volumen de ventas, la baja del consumo por resultar demasiado caro impacta notablemente su rentabilidad.
  • Las perspectivas de crecimiento de la economía francesa siguen mejorando: así lo manifiesta la OCDE , con arreglo a su último «indicador compósito adelantadp» para Francia, en aumento de 0,19% en octubre respecto de septiembre. Según la OCDE, Francia se sitúa en una «fase de inflexión positiva del crecimiento», dicho de otro modo en fase de recuperación del crecimiento. Esa valoración coincide con la del Banco de Francia que acaba de elevar su apreciación del crecimiento francés en el 4° trimestre a 0,5%.
  • Endurecimiento de la «exit tax» por la Cámara de Diputados: ha adoptado una enmienda a la Ley de Presupuestos rectificativa de 2013, según la cual ese impuesto –que grava las plusvalías sobre participaciones en caso de traslado del domicilio fiscal al extranjero– será aplicada a partir de un valor mínimo de participaciones de 800.000 € (en lugar de 1.300.000 € hasta ahora). Además, se amplía su aplicación a otras inversiones financieras, como los OPCVM (fondos de inversión colectivos). La duración mínima de residencia en el extranjero para ser eximido de la «exit tax, pasa de 8 a 15 años.
Rungis

Visita de la Junta Directiva al Mercado Internacional de RUNGIS

París, miércoles 4 de diciembre 2013.

Mercredi, 4 Décembre 2013, 4:30 – 9:20

 

Los miembros de la junta directiva de la COCEF, junto con representantes de la Embajada de España en París y la Oficina Comercial han visitado, en la madrugada del miércoles 4 de diciembre, el mercado internacional de RUNGIS con el objetivo de conocer con más detalle el mundo comercial y de los mayoristas en el sector agroalimentario.

El inicio de la visita ha sido a las 4h30 de la mañana para así poder asistir a la compraventa de los productos y su distribución. El anfitrión y guía de la visita ha sido el que fuese presidente de la COCEF durante diez años y actual presidente de honor, Don Javier ESPAÑA.

El recorrido, siguiendo las costumbres y horarios de compra de los productos en RUNGIS, ha sido:

1° La sección de productos del mar (pescadería, marisco)
2° La sección de productos cárnicos (Avícola, porcina, ternera y caza)
3° La sección de productos de casquería,
4° La sección de frutas y hortalizas.
5° La sección de flores.

Y para terminar, «LE DELAS«, la primera nave que ofrece todos los productos para venta directa a mayoristas 24 horas al día todos los días de la semana. Su dueño y antiguo miembro de la junta directiva de la COCEF, Antoine BOUCOMONT, nos ha mostrado cada rincón de «Le Delas» y ha dado, a los presentes, una extraordinaria explicación sobre la búsqueda de productos internacionales y la exportación a nivel extra continental de los productos franceses.

Como pincelada final, la COCEF ha organizado un desayuno para los asistentes presidida por el director general de RUNGIS, Don Dominique BATANI.

El presidente de la Cámara Oficial de Comercio de España en Francia, Don José Miguel GARCIA, ha pronunciado unas palabras de agradecimiento a los presentes tras el desayuno con una mención especial a Don Javier ESPAÑA, Don Dominique BATANI y a Don Santiago MENDIOROZ.

Los asistentes a la mañana en RUNGIS:

 

  • Javier ESPAÑA – Antiguo presidente de la COCEF y Presidente de Honor
  • José Miguel GARCIA – Presidente de la COCEF
  • Santiago MENDIOROZ – Consejero Jefe de la Oficina Comercial de España en Francia
  • Elena PEREZ-VILLANUEVA – Consejera de la Embajada de España en París
  • Vicente MAÑAS – Consejero Comercial de la Oficina Comercial de España en Francia
  • Antoine GAMBARD – Director de proyectos y grandes cuentas en Invest in France
  • José Manuel ESCOIN – Secretario General de la COCEF
  • Elena GAJU – Abogada colegiada en París y en Barcelona
  • José Miguel GARRIDO – Presidente CIC Iberbanco
  • Jorge ROLL – Director Hoteles Meliá Francia
  • Abelardo GARCIA – Director Comercial del grupo BBVA Francia
  • Luis FLAQUER – Director General del Grupo Cofel
  • Mariano MARTINEZ – Delegado de IFEMA en Francia
  • Elena BARREIRO – Delegada Comercial en Francia de Castilla y León (ADE – EXCAL)
  • Leyre ANCIN – COCEF
  • Matthieu TROUVAT – Relaciones de empresas en Unilend

 

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